martes, 15 de febrero de 2011

Ruidos molestos: cinco estrategias para defenderse

Nadie está exento de los vecinos ruidosos. Desde fiestas o discusiones, hasta un profesor de música, un bar o un gimnasio pueden convertirse en una pesadilla. Pero no todo está perdido. A continuación, una serie de herramientas para reclamar y retomar la paz en el hogar.
Conocer la ley. Los ruidos molestos constituyen una contravención cuya regulación es competencia de la ciudad de Buenos Aires. Según indica el Código Contravencional porteño en el Artículo 82, hay distintas penas, de acuerdo a si la molestia proviene de un vecino o si surge de una actividad comercial.
En el texto se especifica: "Quien perturba el descanso o la tranquilidad pública mediante ruidos es sancionado con uno a cinco días de trabajo de utilidad pública o multa de doscientos 200 a mil pesos. Cuando la conducta se realiza en nombre de una persona de existencia ideal o del titular de una explotación o actividad, se sanciona a éstos con multa de seiscientos a diez mil pesos".
En tanto, la ley 1540 regula la contaminación acústica, algo que puede ser un dato útil a la hora de denunciar. En ese texto se señala que las áreas de uso residencial "no pueden superar los 65 decibeles" en tanto que las áreas cercanas a hospitales y colegios "requieren una especial protección".
Si el ruido proviene de un comercio en el que se utiliza música a alto volumen como bares, boliches o gimnasios, otra herramienta importante es verificar si se encuentra inscripto en el Registro de Actividades Potencialmente Contaminantes (RAC) de la ciudad, que exige un Informe de Evaluación de Impacto Acústico.
En lo que refiere a la convivencia en edificios, la Ley 13.512 de propiedad horizontal determina que los propietarios u ocupantes de un departamento tienen prohibido "perturbar con ruidos, o de cualquier otra manera, la tranquilidad de los vecinos". Más adelante, señala que las penas pueden alcanzar los veinte días de arresto o multas de 200 a 5000 pesos.
El diálogo. Más allá de conocer las leyes, hay que encontrar las vías para alcanzar una solución pacífica y si es posible, sin complicaciones, ni trámites engorrosos. El primer camino es el diálogo. Si el problema es con un vecino del edificio, conviene observar el reglamento de convivencia e intentar solucionar la cuestión sin intermediarios.
La mayoría de los consorcios tienen incorporado en su reglamento de copropiedad un artículo correspondiente a ruidos molestos. Los horarios tolerables, en general, son los días hábiles de 9 a 12 y de 16 a 19, en tanto que los sábados suelen tener el beneficio de la "tolerancia colectiva" en caso de fiestas eventuales.
Si no cede la molestia, se puede pedir la mediación del administrador. Su intervención puede ser mediante una cita personal, una comunicación escrita informalmente, o en caso de fuerza mayor, mediante la extensión de un documento público como una carta documento o un confronte notarial.
Mediación. Una segunda posibilidad es la administrativa, en donde se apela a las autoridades de la ciudad sin llegar a la instancia judicial. Se trata de la "mediación comunitaria", a la que se puede acceder presentándose con el documento de identidad en los Centro de Gestión y Participación (CGP) barriales. Allí se debe pedir una audiencia gratuita con un mediador y asegurarse que se envíe una cédula de notificación a la parte demandada.
Durante la mediación, se espera que las partes lleguen a un acuerdo respecto a horarios y formas y que se firme un acta, que funciona como un documento privado en el que queda constancia de lo coordinado. Luego, se debe pedir a la Dirección General de Justicia, Registro y Mediación que haga un seguimiento telefónico o presencial de la situación.
Acción judicial. Si se llega a la instancia de la intervención judicial, como primera media conviene llamar al 911 al comando radioeléctrico de la policía o acudir a la comisaría cercana y solicitar que se presenten. Eso sí, hay que tener en cuenta que harán un procedimiento formal y eventual.
Por otro lado, puede denunciarse la situación ante la Justicia Contravencional y de Faltas, llamando al 0800-333-47225, o iniciando el reclamo on line a través del correo denuncias@jusbaires.gov.ar o de la web www.mpf.jusbaires.gov.ar. Cuando es por Internet, se puede adjuntar cualquier tipo de archivo de audio que de cuenta de los ruidos.
En esos casos, se espera que las Unidades de Orientación y Denuncias llamen a la persona o envíen a la policía para intimarla a que deje de ocasionar los ruidos. Otras veces, se puede dirigir al lugar un oficial de justicia para verificar el ruido. Si se avanza con la denuncia de la contravención y el emisor de ruidos no reconoce que esta cometiendo una falta, se puede recurrir a un juicio abreviado en alguna de las fiscalías de la ciudad. El proceso no debería durar más de un mes luego debe ser homologado por un juez de faltas.
Recurrir a materiales especiales. Más allá de las instancias en las que intervienen mediadores o incluso la fuerza pública, hay veces que habrá que recurrir al aislamiento acústico en la propia vivienda, ya sea porque los ruidos del exterior son inevitables o porque somos nosotros mismos los emisores y queremos evitar conflictos.
En este sentido se puede recurrir a distintos materiales de acuerdo al presupuesto, como placas o paneles acústicos, vidriado hermético para las aberturas y paredes compuestas por un material absorbente.
lanacion.com
Guía reDecorate: claves para un buen aislamiento acústico

Hoy vamos a hablar sobre el aislamiento acústico. Puede servir tanto para evitar ruidos de maquinarias a nivel industrial, en salas de ensayo o permitirnos generar un espacio privilegiado dentro de la casa donde mirar películas o escuchar música.
Hay muchos factores que intervienen al momento de definir el aislamiento de una vivienda, como la implantación urbana, la forma del edificio y los materiales utilizados para su construcción. Este último juega un papel fundamental para que un espacio sea más o menos silencioso.
Hay que tener en cuenta que por donde pasa el aire, pasa el sonido; entonces cuanto mayor sea el hermetismo en los ambientes, mejor será el aislamiento. En aberturas exteriores e interiores se puede acudir a los burletes para sellar las uniones y evitar la entrada de aire. El doble vidrio es otro recurso válido que posee una capa de aire entre sus capas, evitando el paso del sonido de forma considerable. Se utiliza generalmente cuando la vivienda da a una calle con mucho transito y ruidos constantes. Otra alternativa para absorber el sonido son las cortinas con géneros pesados y, por qué no, dobles.
Algo que debemos considerar siempre son los muebles. Recordemos que en un departamento vacío, el sonido rebota y genera ecos. Para el piso es recomendable elegir carpetas o un piso alfombrado. Este recurso es más efectivo aún cuando la alfombra posee en su interior una capa de goma espuma que trabaja como amortiguador.
Cuando el sonido pase por la masa del edificio (paredes), lo mejor es recurrir a una pared interna compuesta por un material absorbente para conseguir un efecto masa-resorte-masa, evitando que los ruidos pasen a zonas no deseadas. Un material que se utiliza mucho en salas de ensayo, teatros y cines es la espuma con un alto coeficiente de absorción (¡que sean ignífugas es muy importante!). Se coloca en el techo y en la parte inferior de distintos muebles (mesas, sillas, butacas, etc.). Otra opción aislante es la lana, tanto de vidrio como mineral.
También se puede acudir a los paneles acústicos, formados por dos placas rígidas con alta masa (paredes de cartón-yeso, mampostería). El aislamiento mejora cuando los revestimientos del tabique están menos unidos y cuando sus uniones son realizadas con materiales flexibles que atenúan las vibraciones. En el medio se coloca algún material absorbente como los que vimos más arriba. Además se puede colocar una capa adicional de material sobre la cara que recibe el sonido para amortiguarlo más. Las uniones entre paneles deben estar muy bien selladas.
Se puede bajar el nivel de ruidos trasmitidos por los pisos con materiales como el corcho, polietileno expandido y caucho. Se arma una especie de piso flotante que no quede sujeto a los tabiques laterales.
Por último, lo importante de todo aislamiento es que cumpla la función de absorber el sonido y desgastarlo. La solución elegida debe envolver toda la "caja". No serviría una aplicación sólo en las paredes o el piso, los sonidos traspasarían las zonas no aisladas con facilidad.
espacioliving.com

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